DERECHOS NOTARIALES Proceso de escrituración

Close-up Of A Person's Hand Stamping With Approved Stamp On Document At Desk

Estos costos son obligatorios cancelarlos al momento de la firma de la escritura. (Resolución 858 del 31 de enero del 2018).

FORMA DE PAGO: Efectivo, tarjeta débito y crédito VISA y MASTER CARD PSE (Tope máximo $4.000.000) o pago PSE desde nuestro portal de pago: https://pagos.Notaría62bogota.com, el cual se debe realizar al momento de la firma y contra la factura. (Al efectuar el pago PSE se debe enviar los soportes de pago puede ser pintscreen o escaneado al correo, al momento de la firma de la escritura).

NOTA: Los pagos se realizan al momento de la firma contra las facturas, no se reciben pagos anticipados con base en la pre-liquidación, solamente se debe cancelar contra la factura que se expide al día de la firma de la escritura.

La Notaría COLABORA con BENEFICENCIA Y REGISTRO, estos costos se pueden cancelar mediante actas de depósito, al momento de la firma, una vez la Notaría cuente con las facturas de Beneficencia y Registro que envían directamente estas entidades, se informara si existiere algún saldo por cancelar o devolver o si desea el interesado cancelar una vez se cuente con las facturas.

FORMA DE PAGO: PSE desde nuestro portal de pago: https://pagos.Notaría62bogota.com (Elegir pago por PSE) NO SE ACEPTA TARJETA DÉBITO NI CRÉDITO, por datáfono o Efectivo (Al efectuar el pago al momento de la firma por PSE se deben enviar los soportes de pago puede ser pintscreen o escaneados al correo, sino se envía el soporte de pago al correo el interesado corre con las contingencias del NO registro de la escritura dentro de los términos de ley.

INFORMACIÓN IMPORTANTE Proceso de escrituración

Public Notary!

1. Si alguna de las partes padece de patologías en sus huellas dactilares que imposibiliten la identificación por el sistema BIOMETRICO de la Registraduría Nacional del Estado Civil, deberá aportar la certificación médica que acredite tal situación, para poder tomar la firma de la escritura. (Resolución 14681 del 31 de diciembre de 2015, articulo 3 Parágrafo. Excepción literal c.)
2.- Si hay poderes especiales o generales los originales deben presentarse antes de la firma para la revisión atendiendo los requisitos exigidos por el artículo 89 del decreto 19 de enero de 2012 Ley antitrámite, Ley 258 de 1996y art. 65 del C. de P.C; el poder general por escritura pública requiere de vigencia reciente, los poderes deben contener las manifestaciones expresas del Art. 53 Ley 1943 de 2018, de lo contrario no se pueden aceptados para firma de escrituras, se sugiere que se solicite a la Notaría el modelo del poder especial, para evitar devoluciones. Los poderes deben ser presentados y entregados en ORIGINAL.
3.-Frente al tema de la afectación a vivienda familiar (personas naturales), tener en cuenta que si el COMPRADOR es casado con sociedad conyugal vigente o soltero con unión marital de hecho y no tiene otro inmueble a afectado a vivienda debe comparecer la esposa o compañera. (Ley 258/96). En caso de contar con un inmueble ya afectado se debe acreditar con el certificado de tradición y libertad.
4.-Si los documentos pendientes no están completos, VIGENTES, correctos, revisados y ORIGINALES los paz y salvos y poderes, NO es posible tomar la firma de la escritura, por favor NO insistir. (Art 26 Dec 960/70)
5.- Recuerde que hay documentos que tienen vencimiento como la Valorización, paz y salvo de administración, cámaras de comercio, poderes y paz y salvos municipales, verificar antes de la toma de firma que los mismos estén VIGENTES de lo contrario NO es posible tomar la firma de la escritura.
6.-Si solo comparece una de las partes a firmar, se debe cancelar la totalidad de los Gastos Notariales del vendedor y comprador, por la parte que firma.
7.- Tener presente que la diligencia y cuidado en los negocios es propia del interesado, por favor estar pendiente del trámite y seguimiento al mismo hasta recibir la escritura registrada.

La Cédula Digital Colombiana

Solución por excelencia para el acceso a trámites y servicios ciudadanos digitales.

¿Por qué se implementa una nueva cédula digital?

Porque los colombianos requieren de mecanismos de identificación que les permitan acceder a servicios de manera rápida, ágil y confiable y les garanticen la seguridad de sus datos; todo esto, aprovechando las tecnologías de la información y las comunicaciones y evitando trámites innecesarios. Leer más

Consulte aquí los turnos de las notarías para los sábados del 2023

Turnos-notaria-62-bogota-sabados

Por medio de la Resolución 00677 del 2023, fecha 30-01-2023, la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) determinó los turnos en los que las notarías del país prestarán el servicio público durante los días sábado de este año 2023. Leer más

Simulacro Distrital de Evacuación 2022 – Notaría 62 del círculo de Bogotá D.C.

¿Qué es el Simulacro Distrital de Evacuación 2022?
El Simulacro Distrital de Evacuación, es un ejercicio que busca incrementar las capacidades de las comunidades, instituciones educativas, organizaciones, empresas y entidades privadas y públicas para probar las capacidades de respuesta, mejorarlas y sensibilizar a los habitantes de la ciudad. Este esfuerzo colectivo apunta a una ciudad más conocedora frente al riesgo de desastres, con capacidades de respuesta por parte de todos los actores para el manejo, antes, durante y después de una emergencia.

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Informes a organismos de inspección, vigilancia y control

Los informes que presentan los Señores Notarios a la Superintendencia de Notariado y Registro son:
Informe Estadístico Notarial, cuya información financiera y contable es reservada. Artículo 61 del Código de Comercio. El informe estadistico que remiten mensualmente las Notarías a la SNR a través de los correos habilitados para ello, según la Instrucción Administrativa 4 de 2019.
Los informes que rinden los Señores Notarios a la UIAF son:
Reporte de Operación Notarial (RON).
Reporte de Operaciones intentadas y operaciones sospechosas ROS.
Reporte de ausencia de operaciones sospechosos
Reporte de transacciones en efectivo.
Reporte de ausencia de transacciones en efectivo.
Reporte de adjudicaciones en remate.
Los informes que allegan los Señores Notarios a la DIAN son: Información exógena

INFORMES A LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO.

-Informe estadístico notarial.

-Informe estadístico en línea sobre número de escrituras, registros etc.

-Informe anual de cierre sobre el número de escrituras.

-Informe sobre los encargos del Notario.

-Informe sobre las declaraciones extra proceso gratuitas hechas por las Madres cabeza de familia.

-Informe inicio y finalización de juicios de sucesiones.

INFORMES A LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.

-Informe mensual estadístico de los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción que se hicieron en el mes.

-Copia de las actas complementarias.

-Copias de registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunciones expedidas en el mes.

-Copia de las notas que asientan en los registros civiles sobre adopciones, impugnaciones sentencias, reconocimientos posteriores, divorcios, que van en el libro de Varios.

– Informe sobre inscripción en el registro civil de los hijos de Nacionales. Venezolanos, de acuerdo a la ley 1997 del 2019.

-Informe sobre el otorgamiento de escrituras para cambio de nombre, corrección de errores u omisiones en el registro civil de miembros de     comunidades indígenas.

INFORMES A LA DIAN

-Información exógena.

-Reporte exógena de enajenaciones y sucesiones.

-Informe de juicios de sucesiones de acuerdo a la cuantía

INFORMES A LA UIAF

-Reporte de Operación Notarial (RON).

-Reporte de Operaciones intentadas y operaciones sospechosas ROS.

-Reporte de ausencia de operaciones sospechosos

-Reporte de transacciones en efectivo.

-Reporte de ausencia de transacciones en efectivo.

-Reporte de adjudicaciones en remate.

INFORMES AL GOBIERNO

-Informe actos jurídicos notariales

-Informe de uniones maritales entre personas del mismo sexo.

INFORMES A LA UGPP

-Informe de juicios de sucesiones de acuerdo a la cuantía